Comenzó la veda electoral:

¿Qué está prohibido y hasta cuándo?

Desde las 8 de este viernes y hasta las 18 del domingo rige la veda electoral en todo el país para todas las fuerzas políticas que competirán en las PASO.

Las campañas y publicidades electorales de los precandidatos de todas las fuerzas políticas de cara a las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) finalizaron a las 8 de este viernes y comenzó la veda electoral que regirá hasta las 18 del domingo.

La veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación.

En cuanto a las campañas, los candidatos de los espacios políticos decidieron no realizar los cierres que tenían previstos debido a la conmoción que significó el asesinato del miércoles de Morena Domínguez, la niña de 11 años, en Lanús Oeste, por dos motochorros en un asalto en la vía pública.

Según contempla el Código Electoral, el día de la elección se prohíbe publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.

Según el artículo 71 del Código Electoral, se establece que la veda electoral debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral.

«Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral», sostiene.

Entre las actividades que contempla la veda, se encuentra la prohibición de realizar actos de campañas por parte de los precandidatos presidenciales.

También, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.

Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión.

Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.

La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En tanto, si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años.

También pueden dejar de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

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