POLÍTICA

Milei endureció las condiciones para expulsar extranjeros que insulten al país

Javier Milei busca combatir la «campaña antiargentina» con un decreto que endurece las condiciones para expulsar extranjeros que agravien al país.

Este jueves, el presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que incorpora nuevas causales para prohibir el ingreso, cancelar la residencia o expulsar del país a extranjeros que promuevan mensajes de odio o violencia contra la Argentina o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad, o que participen en actos de ultraje contra los símbolos patrios.

La medida fue oficializada mediante el Decreto 681/2026, publicado en el Boletín Oficial con la firma del propio jefe de Estado, y, según informaron desde la Oficina del Presidente, busca “preservar la integridad social, el orden institucional y el respeto hacia la Nación”. “Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la Argentina, el Gobierno reafirma que la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República no es bienvenido”, expone el comunicado oficial del Ejecutivo.

En tanto, la decisión fue presentada por el Gobierno de Milei como una respuesta a la denominada “campaña antiargentina” que, según sostienen desde Casa Rosada, tomó fuerza tras la participación de la Selección Argentina en el Mundial 2026 y luego se extendió al plano político y diplomático.

Con la nueva normativa, el Ejecutivo amplió las facultades del Estado para impedir el ingreso o disponer la salida del territorio nacional de personas extranjeras que difundan mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino o contra ciudadanos del país por razones vinculadas a su nacionalidad. Además, la disposición alcanza a quienes realicen, participen o inciten actos considerados como ultrajes a los símbolos patrios.

En ese sentido, el primer artículo del decreto establece que podrán ser alcanzados quienes hayan “dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino, motivado en la nacionalidad de este último”, así como aquellas personas que hayan “realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales; o haber incitado a cometer cualquiera de los actos previstos”.

Así anunció la Oficina del Presidente la nueva decisión de Milei de endurecer las condiciones para expulsar extranjeros de la Argentina.

Así anunció la Oficina del Presidente la nueva decisión de Milei de endurecer las condiciones para expulsar extranjeros de la Argentina.

En concreto, la norma dispone que los extranjeros comprendidos en esas conductas no podrán ingresar al país y, si ya cuentan con residencia en la Argentina, la Dirección Nacional de Migraciones podrá cancelar ese permiso. En esos casos, las autoridades podrán intimarlos a abandonar el territorio nacional dentro del plazo que se determine o disponer directamente su expulsión.

En ese sentido, el decreto señala que “la cancelación de la residencia conlleva la conminación a hacer abandono del país dentro del plazo que se fije o bien la expulsión del territorio nacional, teniendo en consideración las circunstancias fácticas y personales del interesado”. Asimismo, el Gobierno de Milei precisó que la evaluación deberá contemplar tanto los hechos atribuidos como la situación particular de cada persona.

En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo remarcó que la Argentina mantiene una histórica política de apertura hacia los extranjeros, aunque sostuvo que esa tradición no impide que el Estado establezca condiciones para la admisión, permanencia y expulsión de personas con el objetivo de resguardar “el orden público, la seguridad interior y la cohesión social”. En ese punto, Milei presentó la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus emblemas como un principio central de la nueva regulación migratoria.

Por tratarse de un Decreto de Necesidad y Urgencia, la medida deberá ser remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que tendrá un plazo de diez días hábiles para emitir un dictamen sobre su validez o invalidez y elevarlo a las cámaras de Diputados y Senadores para su tratamiento. Mientras tanto, las nuevas disposiciones permanecen vigentes y su aplicación quedará a cargo de la Dirección Nacional de Migraciones.

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