ESTUVO ROXANA DOMÍNGUEZ

Capacitarón a docentes sobre la prevención del grooming

La actividad fue organizada por el Instituto de Políticas Públicas de Prevención de Grooming dependiente de la Secretaría de Modernización de la Cámara baja bonaerense, conjuntamente con Región 13

 

Tal como estaba previsto, ayer martes 3, bajo la organización del Instituto de Políticas Públicas de Prevención de Grooming dependiente de la Secretaría de Modernización de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, conjuntamente con la Región Educativa 13, se realizó un encuentro distrital para implementar una capacitación sobre el delito del grooming.

El evento estuvo orientado a representantes legales, directivos, docentes, equipos de orientación y preceptores para todos los niveles comprometidos con la seguridad y el bienestar de los estudiantes en el entorno digital. En esta oportunidad estuvo presente la directora del Instituto, Roxana Dominguez, fundadora de la ONG Mamá en Línea, junto a todo su equipo de capacitación.

Dicho encuentro se llevó a cabo en el SUM del Colegio San José, donde se contó con un importante marco de público. Hay que referir que tanto Roxana Domínguez como Diego Vasconcelos llevaron adelante una presentación realmente impactante, que además generó un interesante ida y vuelta con los participantes.

“Grooming es un término del idioma inglés que se utiliza para denominar el acoso sexual realizado por adultos contra niñas, niños y adolescentes a través de cualquier plataforma tecnológica y/o red social” (Programa Interministerial Cuidarnos en Red (2020). En Argentina el grooming es considerado un delito. La ley 26.904 establece su inclusión en el Código Penal. La pena incluye prisión de 6 meses a 4 años. Es necesario aclarar que las TICs son herramientas que brindan nuevos escenarios para problemáticas previamente existentes. Las modalidades que puede adoptar el Grooming pueden variar. La persona adulta apunta a generar un vínculo de amistad y confianza, y el objetivo siempre tiene un componente sexual (extraído de la comunicación conjunta 1/23, Actualización de la Guia de Orientación para la Intervención en Situaciones Conflictivas y de Vulneración de Derechos en el Escenario Escolar, 2023).

En efecto, la ONG Grooming Argentina -que denuncia el acoso sexual infantil por internet- advirtió que «estamos frente al delito de mayor gravedad de este siglo en materia digital». Para fundamentarlo reveló una encuesta a menores de 9 a 17 años sobre el contacto con los agresores a través de juegos por internet. La conclusión es que a 1 de cada 4 niños, niñas y adolescentes (NNyA) les solicitan fotos y videos en contexto de desnudez.

El trabajo lo hizo el equipo de Investigación Forense de la ONG, donde NNyA fueron la fuente de información a través de 5.557 encuestas entregadas en escuelas públicas y privadas de distintas partes del país entre enero y noviembre de 2022. La ONG graficó que 1 de cada 3 NNyA en la Argentina desconoce qué es este delito. Al grooming lo definen como «el acoso sexual a niños, niñas y adolescentes a través de medios digitales, consistente en acciones desplegadas generalmente por personas adultas, de cara a establecer contacto con fines sexuales».

De la investigación se desprende que 6 de cada 10 NNyA tienen su primer celular con acceso a internet a partir de los 9 años y que en promedio, pasan conectados 6 horas diarias.  A su vez, 8 de cada 10 adolescentes entre 13 y 17 años poseen y frecuentan al menos 3 redes sociales con mayor preferencia, y 7 de cada 10 niños entre 9 y 12 años juegan a juegos en línea. En estos entornos digitales, 6 de cada 10 NNyA se relacionan con personas desconocidas.

A través de plataformas de juegos online y redes sociales, los NNyA que hablan con desconocidos tienden a recibir propuestas de «noviazgo» por parte de desconocidos que les hacen pedidos de fotos. 1 de cada 3 tres niños recibió alguna propuesta de este tipo, principalmente en las plataformas Roblox y Among Us, mientras 1 de cada 3 víctimas de esta propuesta son niños y adolescentes varones y 2 de cada 3, niñas y adolescentes mujeres.

En lo referente a solicitudes de material de índole sexual, la organización registró que 2 de cada 3 conversaciones que esta población mantiene con desconocidos, son sexualizadas. En el 69% de los casos los agresores son desconocidos por la víctima, mientras que en un 31% el victimario formaba parte de su círculo íntimo, añade el informe.

La ONG advirtió que muchos NNyA «no se identifican como víctimas, sino como participantes en un juego» y que incluso cuando el groomer expresa de manera explícita sus intenciones, mantienen silencio «por miedo a posibles consecuencias».

Frente a esto, Grooming Argentina indicó que la denuncia es la «única herramienta que va a cortar con el abuso» y recordó que la ONG desarrolló la primera aplicación de América Latina que permite denunciar un caso de grooming en tiempo real y de forma gratuita, llamada «Gapp».

En el año 2020 se sancionó la Ley Nº27.590 Mica Ortega que establece la creación del Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes. En junio de este año se reglamentó mediante el decreto 407/22, que define el desarrollo integral de acciones de formación, información, investigación y difusión de la problemática y establece a la SENAF como autoridad de aplicación.

Los dispositivos, las plataformas y entornos digitales se convirtieron en espacios esenciales en la socialización de niñas, niñes, niños y adolescentes. Son espacios para el ejercicio de sus derechos, como jugar, comunicarse, educarse, informarse y participar, entre otros. Pero allí también pueden encontrarse con algunos riesgos y situaciones que afecten su integridad.

Es toda acción por la que una persona adulta contacta a una niña, un niño o adolescente a través de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos para atentar contra su integridad sexual (Ley N°27590).

Muchas veces se realiza usando una  identidad falsa  y creando un  vínculo de confianza, que puede ser difícil de reconocer como violencia en un primer momento. También puede ser alguien conocido del círculo íntimo, o un desconocido que no oculte su identidad.

Es importante saber que, aunque la violencia ocurra en forma virtual,  el daño que produce es real y es necesario intervenir para restituir los derechos vulnerados.

Desde diciembre de 2013 el Código Penal establece que  el grooming es un delito  que puede tener una pena de prisión de 6 meses a 4 años. Además, puede ser la antesala a otros delitos, por ejemplo:

-Obtener material de abuso sexual contra las infancias, ya sea para archivar o para difundir o comercializar en redes de explotación sexual contra las infancias y adolescencias.

-Generar encuentros personales con sus víctimas con intenciones de cometer un abuso sexual físico.

Para prevenir y luchar contra este delito penal, a través de la ley N°27.590 “Mica Ortega» se creó Clic Derechos – Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o ciberacoso contra niñas, niños y adolescentes.

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), como el órgano de aplicación de esta ley, genera estrategias para acompañar a las infancias y adolescencias en el uso de las pantallas, prevenir las violencias digitales y construir junto a toda la comunidad entornos seguros para el desarrollo de su ciudadanía digital.

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