Resolución del Juez Federal de Azul, doctor Gabriel Di Giulio. El Magistrado con asiento en Azul además trabó embargo económico a los dos procesados. Los dos procesados, en palabras el Juez, cometieron delitos por acción y omisión. Para la Justicia el descarrilamiento fue un Estrago culposo Agravado. El hecho sucedió el 8 de marzo del año 2022.
El juez Federal de Azul, Gabriel Di Giulio, dictó el procesamiento del conductor y su ayudante del tren que descarriló el 8 de marzo de 2022 en Media Estación Pourtalé, partido de Olavarría. Ambos enfrentan cargos por estrago culposo agravado y se les impuso un embargo económico.
Según da cuenta el portal En Líneaa Noticias, el magistrado, en su fallo, determinó que el descarrilamiento fue consecuencia de la imprudencia y negligencia del conductor Nicolás Ezequiel Fagioli y del ayudante Lucas Leonel Vázquez.
A Fagioli se le acusa de exceder la velocidad máxima permitida, operando el tren a 90-91 km/h en una zona donde el límite era de 80 km/h, y de usar incorrectamente el sistema de frenos. Vázquez, por su parte, es acusado de no tomar medidas para reducir la velocidad, incumpliendo su deber de asistencia.
Del accidente, ocurrido el 7 marzo de 2022 y del que InfoGEI diera cuenta, resultaron con lesiones 79 personas, algunas de las cuales requirieron hospitalización. Entre los heridos estuvieron Gladys Mabel Cisneros, Emanuel Maza, Elizabeth Navarro y Águeda Elsa Bustos.
La resolución judicial de más de 300 páginas detalla que Fagioli no solo excedió la velocidad en el momento del accidente, sino en otros puntos del trayecto, poniendo en riesgo a los pasajeros. Se le atribuye una conducta imprudente al no reducir la velocidad en condiciones peligrosas, como niebla y animales sueltos.
Impericia
El juez también destacó que el uso inadecuado del freno independiente por parte de Fagioli contribuyó al descarrilamiento. Vázquez, aunque tuvo oportunidad de alertar sobre el exceso de velocidad, no lo hizo, incumpliendo sus deberes como asistente.
Ambos procesados enfrentan embargos preventivos entre 5 y 10 millones de pesos. La justicia consideró que las acciones de Fagioli fueron directas, mientras que las de Vázquez fueron por omisión.
Imputación por estrago
La imputación por estrago culposo agravado se fundamenta en el Código Penal, que protege la seguridad común y servicios de utilidad pública. La resolución también sobreseyó a otras personas investigadas, pero sus situaciones seguirán bajo revisión.
El caso subraya la importancia de la seguridad en la operación de trenes y las responsabilidades de quienes están al mando y sus asistentes.(InfoGEI)Ac