La Justicia sostuvo que los directivos responsables «minimizaron la situación vivida» por la alumna que, debido al acoso constante, empezó a convulsionar y sufrió epilepsia.
El instituto privado Galileo Galilei de Mar del Plata deberá hacerse cargo de pagar una indemnización de más de 6 millones de pesos a una exalumna que empezó a sufrir epilepsia por el bullying que le hacían sus compañeros de cuarto año.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, compuesta por Ricardo Monterisi, Roberto Loustaunau y Alfredo Méndez, firmó la sentencia y ratificó parcialmente el fallo de en primera instancia de Mariana Lucía Tonto de Bessone el cual fue dado a conocer el 23 de noviembre de 2022.
Según la sentencia, que tiene pocos antecedentes en el país, el bullying se manifestó a través de «episodios de hostigamiento, abusos, abucheos, silbidos, gritos y críticas por parte de los compañeros».
Además, incluyeron «ultrajes físicos» contra la chica «como empujones y trabas para que se tropezara». A la estudiante le llegaron a escribir con «un marcador un sweater, le colocaron chicle en el pelo y le derramaron gaseosa en su cabeza».
A través de testimonios de compañeros se pudo constatar que los compañeros le decían «tragalibros» o «la estudiosa» y que en el curso «la miraban mal, le decían que sus ideas eran muy malas, la discriminaban, la dejaban afuera de los grupos WhatsApp, y que si iban a hablarle a algún directivo del colegio hacían ‘oídos sordos».
Por motivo del acoso, la joven empezó a convulsionar y sufrió epilepsia. Los profesionales que la trataron trazaron una relación directa entre episodios y el bullying al que era sometida en colegio.
«Las situaciones emocionales y de estrés eran desencadenantes de las crisis epilépticas», coincidieron los especialistas.
Los jueces, que evaluaron el caso con perspectiva de género y consideraron que la prueba producida en el expediente fue suficiente para acreditar la «situación de vulnerabilidad y discriminación sufrida» que acusó la adolescente dentro del colegio marplatense, criticaron la falta de contención del establecimiento educativo.
Una de las soluciones propuestas por los directivos, según el fallo, fue «mandarla a hacer una terapia». La Justicia sostuvo que los directivos responsables se desentendieron de los hechos y que «minimizaron la situación vivida» por la alumna, sin tomar medidas conducentes para evitar el bullying descripto.
La escuela no ofreció contención psicológica por parte de su gabinete, ni puso en práctica el «Acuerdo de Convivencia» tal como establece la normativa vigente.
Basándose entonces en el artículo 1767 del Código Civil y Comercial, la Justicia local entendió que el colegio debía responder por el daño sufrido y causado, al atribuir una responsabilidad “objetiva y agravada” del establecimiento educativo ya que los alumnos menores se encontraban bajo control de la autoridad escolar.
La Cámara de Apelaciones decidió incrementar el monto de indemnización que había fijado Mariana Lucía Tonto de Bessone y resolvieron «incrementar el resarcimiento por incapacidad sobreviniente a un total $3.178.847,98 más los intereses que deben ser liquidados» y también endurecieron «el resarcimiento por daño moral a la suma de $3.199.999».
En total, la suma que deberá afrontar la institución supera los $6.378.846.