El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires dispuso la imputación a la empresa Worldcoin, luego de que la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores detectara la inclusión de cláusulas abusivas incorporadas en los contratos de adhesión que obligan a aceptar, en presunta infracción a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.
Las autoridades bonaerenses también advirtieron contradicciones entre lo informado por la propia empresa y la información obtenida a partir de fiscalizaciones realizadas en distintas localidades de la Provincia.
“Cabe preguntarse si los datos biométricos se almacenan o si son eliminados en forma inmediata, si hay bases de datos donde quedan guardados y dónde se almacenan los datos personales de las y los usuarios de la Argentina”, observa Ariel Aguilar, subsecretario de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones de la Provincia, organismo del que depende la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores. “La complejidad de estos contratos, lo novedoso de la operatoria desplegada, el bien jurídico que está en juego y la falta de información, impiden comprender clara y plenamente las reglas y el funcionamiento de toda esta operatoria”, añade Aguilar.
En estos contratos de adhesión, denominados “Términos y Condiciones de Uso”, “Aviso de Privacidad” y “Formulario de Consentimiento de datos”, Worldcoin incurriría en distintas infracciones.
Las fiscalizaciones realizadas por la Provincia determinaron que la empresa no exhibe señalizaciones que indiquen que el requisito mínimo de edad para acceder al servicio es de 18 años, lo que implicaría el escaneo de datos personales de menores.
Los relevamientos también descubrieron contradicciones en lo informado por la empresa en cuanto al uso, resguardo y almacenamiento de los datos biométricos recolectados de rostros y ojos de usuarias y usuarios argentinos, información privada que, aparentemente, sería almacenada en Brasil.
Entre las diversas cláusulas abusivas detectadas, están las que habilitan a la empresa a interrumpir el servicio sin ningún tipo de reparación ni reembolso. Y también las que obligan a usuarios y usuarias a renunciar a reclamos colectivos y establecen que la normativa aplicable, para residentes en la Argentina, sean leyes extranjeras, en este caso, de las Islas Caimán, además de indicar que las eventuales disputas se resuelvan a través de un arbitraje en California, Estados Unidos, infringiendo lo establecido expresamente por el Código Civil y Comercial de la Nación.
La empresa, que se expone a multas de hasta 1000 millones de pesos, realizó sus actividades en las localidades bonaerenses de Morón, Mar del Plata, Avellaneda, La Matanza, José C. Paz, Florencio Varela, Quilmes, San Miguel, Pinamar, Tres de Febrero, Villa Gesell, La Costa, La Plata, Berisso, San Martín, Zárate, Malvinas Argentinas, Escobar, General Rodriguez, Vicente López, La Matanza, Ezeiza y Almirante Brown, donde convocaba a las y los consumidores a brindar datos biométricos personales y privados –el escaneo del iris del ojo y del rostro, con un dispositivo tecnológico denominado Orb–, a cambio de instalarse en el teléfono la aplicación de finanzas World App y recibir criptomonedas de la firma Worldcoin.
Las cláusulas se encuentran en infracción del artículo 4° y 37 de la Ley N° 24.240, Resolución N° 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, Desregulación y la Defensa del Consumidor, Resolución N° 994/2021 de la ex SCI de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación.
Con estos relevamientos e imputaciones, se cumple con el deber de controlar los contratos de adhesión, ordenando modificar, adecuar o suprimir las cláusulas abusivas, en cumplimiento con nuestra normativa vigente. La Provincia defiende los derechos de las y los consumidores.