Los licenciados Ernesto Páez y Martín Álvarez, del Programa de Prevención, Atención y Posvención del Suicido, se encuentran en Rojas en el marco de la Jornada de Prevención de Suicidios convocada desde el área de Salud Mental
Tal como adelantáramos, comenzando este viernes, para concluir hoy sábado, en dependencias del Centro Cultural Ernesto Sábato, el gobierno local, a través de su dirección de Salud Mental e Inclusión Social, dependiente de la secretaría de Salud de la comuna, lleva adelante una doble jornada de debate, concientización e información, denominada Jornada de Prevención de Suicidios-Introducción a la suicidología: Entrenadores de vida”, en el marco la Ley de Prevención del Suicidio (27.130), promulgada en setiembre del año pasado por el Gobierno Nacional, con su correlato provincial en la Ley 14.991.
El evento, cabe mencionar, fue declarado de Interés Municipal por el Concejo Deliberante local, a instancias del gobierno municipal.
Actúan como conductores de la actividad los licenciados Ernesto Páez y Martín Álvarez, del Programa de Prevención, Atención y Posvención del Suicidio, Fundación Manos Unidas en la Paz.
Justamente el licenciado Páez, psicólogo y licenciado en Suicidología de la Universidad de Flores, además uno de los autores de la Ley Nacional de Prevención del Suicidio, amén de representante ante la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio por nuestro país, en diálogo mantenido ayer con este diario, dijo que “estamos en una jornada de prevención del sucidio auspiciada por la dirección de Salud Mental del municipio de Rojas, y es realmente impactante la presencia de distintos sectores de la comunidad: tenemos al sistema educativo presente, tan importante y tan reconocido dentro de la Ley Nacional, el sector de seguridad, representado por policías y bomberos, y comunidad en general; al margen, tenemos también a profesionales de la salud”.
“Nuestra Ley Nacional justamente impulsa el trabajo corresponsable de todos los sectores, incluídos los medios de comunicación social, en trabajar para llevar adelante este conocimiento: hablar de la salud mental, del comportamiento suicida, y de que este comportamiento puede ser previsible y prevenible. En ese punto, no es menor tener en cuenta que la dirección de Salud Mental del municipio de Rojas está altamente comprometida con esta temática, comenzando un gran camino no sólo para el municipio de Rojas sino también para municipios vecinos, como Colón y Pergamino, que comparten esta problemática. En este sentido, generar una trama de trabajadores específicamente formados para trabajar en el comportamiento suicida va a tener un fuerte impacto en todas las comunidades; y por sobre todos los cosas, se va a ayudar a disminuir los riesgos del comportamiento suicida y acompañar y mitigar el dolor de quienes se encuentran atravesados por esta problemática”, refirió el especialista, en ese sentido.
Páez forma parte de un equipo que recorre el país y países vecinos. Cabe recordar, como él mismo refirió, que “la Ley Nacional 27.130 es primera en una mirada integral e interdisciplinaria a nivel mundial. En ese punto podemos acompañar el desarrollo de leyes similares en Paraguay y en Panamá. Es un trabajo que estamos haciendo en todo el territorio latinoamericano”.
Respecto del desarrollo de la jornada, explicó que en una primera instancia se trabajó sobre los marcos legales de la norma, y del decreto que da fuerza a la ley, en tanto que también se abordó el marco específico de las intervenciones posibles. Es decir, explicó, que hay protocolos para sector que eventualmente intervenga en una circunstancia de esa naturaleza, por lo cual, agregó, “esta intersectorialidad nos da un impacto muy fuerte en la intervención”. También se preveía abordar el comportamiento suicida, qué le pasa y cómo se comporta una persona con pensamiento suicida, y cómo acompañarlo. También se trabaja sobre los factores de riesgo, teniendo en cuenta la diversidad de desencadenantes, ya que, indicó, “identificarlos nos permite trabajar con los factores protectores, que va a generar la disminución del comprotamiento en la persona y su impacto en el contexto familiar”.
PREVENCIÓN DEL SUICIDIO
El intento de suicidio es toda acción autoinfligida, es decir que la persona se realiza a sí misma, para generarse un daño potencialmente mortal.
La posvención se refiere a las acciones e intervenciones posteriores a un evento autodestructivo destinadas a trabajar con las personas, familia o instituciones vinculadas a la persona que se quitó la vida.
Son objetivos de la ley:
-el tratamiento interdisciplinario e interinstitucional de la problemática del suicidio: es decir la persona debe ser atendida por un equipo interdisciplinario: formado por profesionales de la psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos necesarios, de acuerdo con la ley de salud mental;
-el desarrollo de acciones y estrategias para lograr la sensibilización de la población;
-el desarrollo de los servicios asistenciales y la capacitación de los recursos humanos;
-y la promoción de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención, la detección de personas en riesgo, el tratamiento y la capacitación.
La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud y debe coordinar su accionar con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Son funciones de la autoridad de aplicación:
-La capacitación de los recursos humanos en salud y educación para detectar personas en situación de riesgo a través de una formación sistemática y permanente.
-La elaboración de un protocolo de atención y uno de coordinación entre los servicios de salud, la línea telefónica de emergencia y otros ámbitos comunitarios.
-Llevar un registro de las instituciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y profesionales del sector público, y privado, que cumplan con los estándares establecidos por la autoridad de aplicación.
-Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas y organizaciones no gubernamentales que se deben ajustar a las planificaciones estratégicas establecidas por la autoridad de aplicación.
-Crear un sistema de registro con información estadística de los intentos de suicidios, suicidios cometidos, causa de la muerte, edad, sexo, evolución, modalidad utilizada y todo otro dato de interés. La autoridad de aplicación creará un sistema de registro de notificación obligatoria y promoverá que las jurisdicciones unifiquen sus registros. Los registros deben contemplar la perspectiva de género.
-Practicar periódicamente la evaluación y seguimiento de las actividades y objetivos de esta ley.
Para ese cometido se deberán desarrollar programas de capacitación para los responsables en los ámbitos educativo, laboral, recreativo y en contextos de encierro, campañas de concientización sobre factores de riesgo a través de los medios masivos de comunicación, y brindar recomendaciones a los medios sobre el tratamiento responsable de las noticias vinculadas a suicidios y canales de ayuda disponibles, considerando los grupos etarios en vulnerabilidad alta como los niños, los adolescentes y las personas mayores, y habilitar una línea telefónica gratuita de escucha a situaciones críticas, cuyos operadores deben estar capacitados en la atención en crisis y contar con información necesaria sobre red de derivación y contención, entre otros ejes de acción.